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    <titulo>Notificación
– Resolución de 10 de febrero de 2015, de la Dirección General del Medio Ambiente, por la que se ordena la publicación de Acuerdos de Inicio de procedimientos sancionadores por supuestas infracciones en materia de sanidad animal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  D) Anuncios 
  CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO 
 
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 RESOLUCIÓN de 10 de febrero de 2015, de la Dirección General del Medio Ambiente, por la que se ordena la publicación de Acuerdos de Inicio de procedimientos sancionadores por supuestas infracciones en materia de sanidad animal. 
  Habiéndose procedido por esta Dirección General a la iniciación de procedimientos sancionadores por supuestas infracciones en materia de sanidad animal y no habiendo sido posible la notificación de las mismas en los domicilios de sus destinatarios, he resuelto ordenar su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como su inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento que corresponda, a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según se especifica en la tabla adjunta.
  Lo que se comunica a los interesados, los cuales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29, en relación con el artículo 28 del citado texto legal, podrán formular recusación, en cualquier momento de la tramitación del expediente, contra el Instructor del procedimiento.
  Asimismo, y en aplicación del artículo 6.3 del Decreto 245/2000, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración Pública en la Comunidad de Madrid, en los quince días hábiles siguientes a la publicación de esta Resolución podrán solicitar ante el Instructor del procedimiento la práctica de las pruebas que estimen pertinentes, pudiendo igualmente aducir alegaciones en la forma establecida en el artículo 79 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
  De acuerdo en el artículo 61 del mismo texto legal, en evitación de cualquier posible lesión que la publicación íntegra del citado Acuerdo de Inicio pudiera derivarse para los derechos e intereses legítimos del interesado, se significa que el texto íntegro del acto que se notifica se encuentra a su disposición, previa acreditación de su identidad o de la representación conferida mediante cualquier medio válido de los admitidos por nuestro ordenamiento jurídico, en las dependencias de la Subdirección General de Recursos Agrarios de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, sita en la Gran Vía, número 3, quinta planta, Madrid.
  Teniendo en cuenta el tratamiento informático de datos de carácter personal, les informamos de que los expedientes en cuestión obran en las dependencias de esta Dirección General (Gran Vía, número 3, 28013 Madrid), a los efectos del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
  Madrid, a 10 de febrero de 2015..El Director General del Medio Ambiente, PDF (Resolución de 7 de junio de 2013), el Subdirector General de Recursos Agrarios, Jesús Carpintero Hervás.
  Acuerdos de inicio
  Número expediente: AG-D-38/14.
  Nombre: “Hispano Piel, Sociedad Anónima”.
  NIF/CIF: A-79772653.
  Último domicilio conocido: Calle Brezo, número 11, 28500 Arganda del Rey (Madrid).
  Infracción: Artículo 83.10 de la Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal.
  Clasificación: Leve.
  Baremo: 600 euros-3.000 euros.
  (01/431/15)</texto>
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