<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20150227-71</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>GARGANTA DE LOS MONTES</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2015/02/27</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Garganta de los Montes. Régimen económico. Modificación ordenanzas</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>11</pagina_inicial>
    <pagina_final>11</pagina_final>
    <diario_numero>49</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2015-02-27-49190220150183</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/02/27/BOCM-20150227-71.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/02/27/BOCM-20150227-71.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/02/27/BOCM-20150227-71.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/02/27/BOCM-20150227-71.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>GARGANTA DE LOS MONTES</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE GARGANTA DE LOS MONTES 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 71 
 Modificación ordenanzas 
  El Pleno del Ayuntamiento de Garganta de los Montes, en sesión ordinaria celebrada con fecha 7 de febrero de 2015, acordó la aprobación inicial de la modificación de las siguientes ordenanzas:
  .	Ordenanza fiscal número 3, reguladora del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana.
  .	Ordenanza fiscal número 13, reguladora de la tasa por utilización de la casa consistorial para actos de enlace matrimonial.
  En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
  Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
  Garganta de los Montes, a 10 de febrero de 2015..El alcalde, Rafael Pastor Martín.
  (03/4.658/15)</texto>
</documento>