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    <titulo>Murcia número 1. Despido 493 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MURCIA NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MURCIA NÚMERO 1 
 
 238 
 Despido 493 de 2014 
  EDICTO
  Doña Isabel María de Zarandieta Soler, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Murcia.
  Hago saber: Que en el procedimiento de despido/ceses en general número 493 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Abel López Hernández, contra las empresas “CHM Obras e Infraestructuras, Sociedad Anónima”, “Ecocivil-Electromur G. E., e Imesapi, Sociedad Anónima” (UTE), “Api Movilidad, Sociedad Anónima”, “UTE Ferrovial-Agromán, Sociedad Anónima, y Pavimentos Asfálticos Lario, Sociedad Limitada”, Consejería de Fomento, Obras Públicas y Ordenación del Territorio, “Hiez Hornidurak Instalazioak Eta Zerbitzuak, Sociedad Anónima”, “Edite Obras y Proyectos, Sociedad Limitada”, “Ferrovial-Agromán, Sociedad Anónima”, “Ecocivil-Electromur G. E., Sociedad Limitada”, “Imesapi, Sociedad Anónima”, y “Pavimentos Asfálticos Lario, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Secretaria judicial, doña Isabel María de Zarandieta Soler..En Murcia, a 17 de febrero de 2015.
  Por presentado el anterior escrito por la parte demandante, únase a los autos de su razón.
  Y habiéndose ampliado la demanda mediante resolución de fecha 30 de enero de 2015 frente a la Consejería de Fomento, Obras Públicas y Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, “Api Movilidad, Sociedad Anónima”, “Hiez Hornidurak Instalazioak Eta Zerbitzuak, Sociedad Anónima”, y frente a “Edite Obras y Proyectos, Sociedad Limitada”, cítese al acto del juicio con entrega de copia de la demanda, escrito de ampliación y de la presente resolución.
  Se señala para que tenga lugar el juicio el día 18 de mayo de 2015, a las diez y cuarenta horas, en la Sala de vistas número 6, y la conciliación el mismo día, a las diez y treinta horas, en la Sala de vistas número 1, con los mismos apercibimientos y advertencias que en la citación inicial.
  Asimismo, se acuerda la unión del escrito presentado por el letrado don Sergio Samuel Juárez Díez, en defensa de “UTE Ferrovial-Agromán, Sociedad Anónima, y Pavimentos Asfálticos Lario, Sociedad Limitada”, y se tienen por hechas las manifestaciones en cuanto a que renuncia a las testificales expresadas en el mismo.
  Con respecto a la documental que el letrado de “UTE Ferrovial-Agromán, Sociedad Anónima, y Pavimentos Asfálticos Lario, Sociedad Limitada”, solicita que sea aportada por la Consejería por escrito presentado con fecha 14 de enero de 2015 y que obra unido a las actuaciones, se acuerda remitir las mismas a la UPAD para que por su señoría se acuerde lo procedente.
  Asimismo, se acuerda citar a los testigos propuestos por la letrada doña María Sobrón Zangroniz siguientes: doña Mercedes Seco Rovira, don José A. Guijarro Gallego, don Francisco Javier García Garay y don Cecilio Hernández Rubira.
  Advirtiéndose a la parte que los propone que todos los gastos que a los testigos ocasione su comparecencia a juicio serán de su cuenta.
  Sin que esto signifique la admisión de la prueba propuesta por las partes, ya que deberá proponerse y, en su caso, el magistrado-juez admitirla en el acto de juicio (artículo 87 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  “Ad cautélam” cítese a las empresas demandadas “UTE Ecocivil-Electromur G. E., e Imesapi, Sociedad Anónima”, “UTE Ferrovial-Agromán, Sociedad Anónima, y Pavimentos Asfálticos Lario, Sociedad Limitada”, “Api Movilidad, Sociedad Anónima”, “Hiez Hornidurak Instalazioak Eta Zerbitzuak, Sociedad Anónima”, y “Edite Obras y Proyectos, Sociedad Limitada”, por medio de edictos.
  Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación y citación en legal forma a “UTE Ecocivil-Electromur G. E., e Imesapi, Sociedad Anónima”, “Api Movilidad, Sociedad Anónima”, “Hiez Hornidurak Instalazioak Eta Zerbitzuak, Sociedad Anónima”, “Edite Obras y Proyectos, Sociedad Limitada”, “UTE Ferrovial-Agromán, Sociedad Anónima, y Pavimentos Asfálticos Lario, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Murcia, a 17 de febrero de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/6.217/15)</texto>
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