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    <fecha_publicacion>2015/03/24</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 29. Ejecución 276 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>70</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29 
 
 136 
 Ejecución 276 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Elena Mónica de Celada Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 29 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 276 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alberto Cornejo Ortiz, frente a “Dialcom Networks, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Elena Mónica de Celada Pérez..En Madrid, a 17 de febrero de 2015.
  Visto el estado de las actuaciones, recibida carta “Devuelta por desconocido” de la ejecutada “Dialcom Networks, Sociedad Limitada”, únase a los autos de su razón y procédase a notificar a través del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Constando en las actuaciones un importe de 27,28 euros en concepto de sobrante puesto a disposición de la parte ejecutada “Dialcom Networks, Sociedad Limitada”, se acuerda retirar su puesta a disposición, bajo apercibimiento de que de conformidad con lo establecido en el artículo 14 del Real Decreto 467/2006, de 21 de abril, por el que se regulan los depósitos y consignaciones judiciales en metálico, de efectos y valores, se procederá a transferir la cantidad a la “Cuenta de fondos provisionalmente abandonados” si una vez transcurrido un año desde la fecha de requerimiento no ha sido entregado y cobrado el referido importe.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Dialcom Networks, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 17 de febrero de 2015..La secretaria judicial (firmado).
  (03/6.697/15)</texto>
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