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    <titulo>Madrid número 24. Procedimiento ordinario 337 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>75</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24 
 
 123 
 Procedimiento ordinario 337 de 2014 
  EDICTO
  CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO
  Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 24 de Madrid.
  Asunto en que se acuerda: juicio número 337 de 2014, promovido por don José Miguel Palacio Pérez, sobre reclamación de cantidad.
  Personas que se cita: “Sollicitas, Sociedad Limitada”, “Juristop Salamanca 2012, Sociedad Limitada”, y “Consiliabilis, Sociedad Limitada Unipersonal”, en concepto de parte demandada en dicho juicio.
  Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, responder al interrogatorio solicitado de “Sollicitas, Sociedad Limitada”, “Juristop Salamanca 2012, Sociedad Limitada”, “Consiliabilis, Sociedad Limitada Unipersonal”, por don José Miguel Palacio Pérez sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio y que el tribunal declare pertinentes.
  Lugar y fecha en los que deben comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la calle Princesa, número 3, Sala de vistas número 1-A, ubicada en la planta octava, el día 9 de junio de 2015, a las diez horas.
  Advertencias legales
  1.  Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  2.  Deben concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse (artículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  3.  Si pretenden comparecer en el juicio asistidas de abogado o representadas por procurador o graduado social colegiado deben manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  4.  Si no comparecen, y no justifican el motivo de la incomparecencia, el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que les perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  5.  La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada, que se encuentra en ignorado paradero.
  Decreto
  En Madrid, a 24 de febrero de 2015.
  Parte dispositiva:
  1.  Tener por repartida la anterior demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento, registrándose en el libro registro correspondiente.
  2.  Se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria, la audiencia del día 9 de junio de 2015, a las diez horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, que se sustanciará por las reglas del procedimiento ordinario. El demandante manifiesta que acudirá al acto del juicio asistido de letrado, señalando a efecto de notificaciones el domicilio sito en la calle Londres, número 58, tercero derecha, 28028 Madrid.
  Cítese a las partes para dicho acto, dando traslado a la parte demandada de copia de la demanda y de los documentos acompañados, así como del de subsanación.
  Consúltense los registros oportunos de la base de datos informática de la oficina judicial, si fuera necesario, para la localización de las partes.
  Adviértase a las partes:
  1.  Que deben concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse.
  2.  Que si el demandante, citado en forma, no comparece ni alega justa causa que se lo impida, se le tendrá por desistido de la demanda.
  3.  Que la incomparecencia injustificada de las demandadas, citadas en forma, no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social..Doy fe.
  Las personas citadas pueden examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el día de la celebración del juicio.
  En Madrid, a 10 de marzo de 2015..La secretaria judicial, Marta Menárguez Salomón.
  (03/8.542/15)</texto>
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