<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20150404-13</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2015/04/04</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 4. Procedimiento ordinario 959 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>1</pagina_inicial>
    <pagina_final>1</pagina_final>
    <diario_numero>79</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2015-04-04-79300320150056</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/04/04/BOCM-20150404-13.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/04/04/BOCM-20150404-13.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/04/04/BOCM-20150404-13.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/04/04/BOCM-20150404-13.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4 
 
 13 
 Procedimiento ordinario 959 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Ana María Ruiz Tejero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 959 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de “Selección Selectiva, ETT, Sociedad Limitada”, frente a don Ernesto Sueiro Ruiz, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 353 de 2014
  En Madrid, a 8 de octubre de 2014..Habiendo visto doña María Isabel Saiz Areses, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 4 de Madrid, las presentes actuaciones de juicio sobre reclamación de cantidad, seguidas ante este Juzgado con el número 959 de 2013, a instancias de la empresa “Selección Selectiva, ETT, Sociedad Limitada”, representada por la letrada doña María Begoña de la Fuente, frente a don Ernesto Sueiro Ruiz, que no comparece; autos en los que se ha dictado la presente sentencia.
  Vistos los artículos citados y demás de general y pertinente aplicación al caso de autos,
  Fallo
  Que estimando la demanda promovida por “Selección Selectiva, ETT, Sociedad Limitada”, frente a don Ernesto Sueiro Ruiz, condeno al demandado a abonar a la empresa demandante la suma de 1.076,53 euros.
  Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso de suplicación, siendo firme desde la fecha en la que se dicta.
  Expídase testimonio de esta resolución, que quedará unido a los autos de los que dimana, llevándose el original al libro de sentencias de este Juzgado.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Publicación
  Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por la magistrada-juez que suscribe estando celebrando audiencia pública en el día de la fecha..Doy fe.
  Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a don Ernesto Sueiro Ruiz, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 27 de febrero de 2015..La secretaria judicial (firmado).
  (03/7.906/15)</texto>
</documento>