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    <fecha_publicacion>2015/04/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 98. Procedimiento ordinario 1.483 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 98</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 98 
 
 155 
 Procedimiento ordinario 1.483 de 2013 
  EDICTO
  En virtud de lo acordado en los autos de procedimiento ordinario número 1.483 de 2013 por no ser conocido el domicilio de don Fernando Lucio Sola Alfaro y “La Rivera Navarra, Sociedad Limitada Laboral”, por resolución de fecha 9 de febrero de 2015, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia de fecha 3 de octubre de 2014, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
  Sentencia
  Vistos por don Alfredo del Cura Álvarez, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 98 de Madrid, los presentes autos del juicio ordinario de reclamación de cantidad número 1.483 de 2013, seguidos a instancias de “Recreativos Pozuelo, Sociedad Limitada”, representada por el procurador señor Argos Linares, contra don Fernando Lucio Sola Alfaro, y contra “La Rivera Navarra, Sociedad Limitada Laboral”, ambos en situación procesal de rebeldía.
  Fallo
  Que estimando íntegramente la demanda presentada por “Recreativos Pozuelo, Sociedad Limitada”, representada por el procurador señor Argos Linares, contra don Fernando Lucio Sola Alfaro y contra “La Rivera Navarra, Sociedad Limitada Laboral”, ambos en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro resuelto el contrato de explotación de máquinas recreativas suscrito entre las partes el día 8 de febrero de 2012 y la condena a la demandada a pagar a la parte actora la suma de 9.323 euros, más el interés legal determinado en el fundamento jurídico segundo de esta resolución, y todo ello con condena en costas de la demandada.
  Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que deberá ser interpuesto en el plazo de veinte días en este Juzgado y resuelto por la Audiencia Provincial de Madrid.
  Así por esta mi sentencia lo mando y firmo.
  Y para que sirva de notificación a on Fernando Lucio Sola Alfaro y “La Rivera Navarra, Sociedad Limitada Laboral”, expido y firmo la presente.
  En Madrid, a 13 de enero de 2015..El secretario judicial (firmado).
  (02/1.108/15)</texto>
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