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    <fecha_publicacion>2015/04/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 8. Ejecución 220 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>80</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8 
 
 192 
 Ejecución 220 de 2014 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Raquel Paz García de Mateos, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 8 de Madrid.
  Hago saber: Que en la ejecución número 220 de 2014-CH de este Juzgado de lo social, seguida a instancias de doña Máriam Arcediano Fernández, frente a “Conchita, Sociedad Anónima”, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Se acuerda:
  a)  El embargo de los bienes inmuebles que se describen:
  Finca en Sitges número 21.461/49 (IDUFIR 08107000538334), paraje Parc de Mar, plaza de aparcamiento.
  Finca en Sitges número 21.461/50 (IDUFIR 08107000538341), paraje Parc de Mar, plaza de aparcamiento.
  Finca en Sitges número 21.461/T18 (IDUFIR 08107000538693), paraje Parc de Mar, trastero.
  Como propiedad de “Conchita, Sociedad Anónima”, para responder de la cantidad de 44.055,96 euros de principal y 9.000 euros de intereses y costas provisionalmente calculados para este procedimiento seguido a instancias de doña Máriam Arcediano Fernández, contra “Conchita, Sociedad Anónima”.
  b)  Librar mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad para que practique anotación preventiva de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad de los bienes y, en su caso, de sus cargas y gravámenes y comunique a este órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado, y remitir, asimismo, mandamiento por fax al Registro de la Propiedad a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.
  c)  Requerir a la ejecutada para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución cumpla los requerimientos indicados en el segundo fundamento jurídico del presente decreto.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Conchita, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.
  En Madrid, a 2 de marzo de 2015..La secretaria judicial (firmado).
  (03/7.892/15)</texto>
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