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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2015/04/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Collado Mediano. Organización y funcionamiento. Modificación ordenanza</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Collado Mediano</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE COLLADO MEDIANO 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
 81 
 Modificación ordenanza 
  Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial (de 5 de junio de 2014) aprobatorio de la modificación del artículo 8 de la “Ordenanza reguladora de terrazas y veladores de Collado Mediano”, cuyo texto íntegro, una vez modificado, se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
  Artículo 8.  Prohibiciones y limitaciones..Queda absolutamente prohibida la instalación de billares, futbolines, máquinas recreativas o de azar y cualquier otro tipo de máquinas expendedoras automáticas o aparatos de características análogas en las terrazas objeto de regulación en la presente ordenanza.
  Asimismo queda prohibida la instalación de cualquier clase de aparatos de reproducción de sonido y/o imagen. No se podrá instalar cerramientos estables.
  Excepcionalmente el Ayuntamiento, con las medidas correctoras que estime oportunas en cada caso, podrá autorizar la instalación ocasional de aparatos de reproducción de sonido y/o imagen en terrazas públicas, cuando tengan lugar eventos que despierten un interés general entre los vecinos.
  Contra el presente acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
  En Collado Mediano, a 18 de marzo de 2015..La alcaldesa, María José Rubio Sadía.
  (03/8.902/15)</texto>
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