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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32</departamento>
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    <fecha_publicacion>2015/04/08</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 32. Ejecución 132 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>82</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32 
 
 169 
 Ejecución 132 de 2014 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Luisa Álvarez Castillo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 132 de 2014-E de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jorge Luis Gabriel Barrios, frente a “Megaservis Servicios Integrales, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  Parte dispositiva:
  Se acuerda subsanar el defecto advertido en diligencia de ordenación de fecha 9 de enero de 2015 en los siguientes términos:
  Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Luisa Álvarez Castillo..En Madrid, a 9 de enero de 2015.
  Visto el contenido de la anterior diligencia, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 268.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, una vez firme esta resolución líbrese mandamiento de pago a favor de don Jorge Luis Gabriel Barrios por importe de 513,39 euros en concepto de parte del principal.
  Quedando pendiente de satisfacer en la presente ejecutoria la suma de 1.009,26 euros de principal, 92,45 euros y 154,09 euros calculados provisionalmente para intereses y costas, respectivamente, sin que las actuaciones e indagaciones practicadas hayan resultado positivas en orden a la traba de bienes de la ejecutada, procédase a dictar insolvencia, y antes de ello, conforme a lo previsto en el artículo 276 de la Ley de la Jurisdicción Social, dese audiencia al Fondo de Garantía Salarial y al ejecutante para que el término de quince días insten la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designen bienes de la deudora que les consten.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Megaservis Servicios Integrales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.
  En Madrid, a 27 de febrero de 2015..La secretaria judicial (firmado).
  (03/8.276/15)</texto>
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