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    <fecha_publicacion>2015/04/08</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 69. Procedimiento ordinario 969 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>82</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 69</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 69 
 
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 Procedimiento ordinario 969 de 2014 
  EDICTO
  Doña Ángeles Rosa García Solano, secretaria del Juzgado de primera instancia número 69 de Madrid.
  Hago saber: Que en los autos de juicio ordinario número 696 de 2014 seguidos en este Juzgado se ha acordado notificar la sentencia dictada en los presentes al demandado rebelde, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:
  Sentencia número 40 de 2015
  En Madrid, a 10 de marzo de 2015..Vistos por la ilustrísima doña María Asunción Remírez Sainz de Murieta, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 69 de esta ciudad, los presentes autos de juicio ordinario registrados con el número 696 de 2014, seguidos a instancias de Real Club Náutico de Torrevieja, representada por la procuradora doña Carmen Lorenci Escarpa y asistida por el letrado don Bruno Sánchez Pérez, contra don Juan José Prados del Pino, declarado en situación de rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad,
  Fallo
  Estimo la demanda interpuesta por la procuradora doña Carmen Lorenci Escarpa, en representación de Real Club Náutico de Torrevieja, contra don Juan José Prados del Pino, declarado en situación de rebeldía, y en consecuencia:
  1.  Condeno a don Juan José Prados del Pino a abonar a la demandante la cantidad de 48.626,59 euros, más el interés legal de 28.620,96 euros desde el día 14 de mayo de 2014 y el interés legal del resto de mensualidades reclamadas en la audiencia previa a partir de la de mayo de 2014 desde la fecha de su respectivo devengo.
  2.  Condeno, asismismo, al citado demandado a pagar al actor las cuotas que vayan venciendo a partir de la de marzo de 2015 hasta que la embarcación sea retirada de las instalaciones del demandante, a razón de 74,69 euros/día en temporada alta (de junio a septiembre, inclusive), y a razón de 43,63 euros/día en temporada baja (de octubre a mayo, inclusive).
  3.  Condeno, asimismo, a don Juan José Prados del Pino al pago de las costas derivadas de este procedimiento.
  Y como consecuencia del ignorado paradero de don Juan José Prados del Pino, y para que sirva de notificación en forma al mismo y su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 10 de marzo de 2015..La secretaria (firmado).
  (02/1.936/15)</texto>
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