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    <identificador>BOCM-20150409-90</identificador>
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    <fecha_publicacion>2015/04/09</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 93. Procedimiento 458 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>83</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 93</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 93 
 
 90 
 Procedimiento 458 de 2014 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Don Enrique Cilla Calle, secretario del Juzgado de primera instancia número 93 de Madrid.
  Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de divorcio contencioso número 458 de 2014 en los que ha recaído sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
  Fallo
  Que estimando como estimo la demanda promovida por la procuradora doña Susana Clemente Mármol, en nombre y representación de don Aitor Juan Farragut, contra doña Fabiola Ramos Caballero, sobre divorcio, debo declarar y declaro disuelto, por divorcio, el matrimonio contraído entre don Aitor Juan Farragut y doña Fabiola Ramos Caballero el día 30 de julio de 2011 en Mejorada del Campo (Madrid), con cuantos efectos son inherentes a ello.
  No procede hacer especial pronunciamiento sobre costas.
  Notifíquese la presente resolución a las partes interesadas, con advertencia de que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, ante este Juzgado, en el plazo de veinte días a partir del siguiente al de su notificación, debiendo acreditar al interponerlo, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, haber consignado en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado número 4341/0000/00/0458/14 abierta en el “Banco Santander” la cantidad de 50 euros en concepto de depósito, salvo que el recurrente sea beneficiario de justicia gratuita, el ministerio fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, Entidad Local u organismo autónomo dependiente de alguno de los anteriores.
  Y para que sirva de notificación a la demandada doña Fabiola Ramos Caballero, en ignorado paradero.
  En Madrid, a 27 de febrero de 2015..El secretario (firmado).
  (03/8.683/15)</texto>
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