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    <fecha_publicacion>2015/04/09</fecha_publicacion>
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    <titulo>Torrejón de Ardoz número 1. Procedimiento ordinario 4 de 2013-S</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>83</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 1 
 
 93 
 Procedimiento ordinario 4 de 2013-S 
  EDICTO
  En el juicio ordinario número 4 de 2013 seguido a instancias del procurador don Javier Jáñez Gutiérrez, en nombre y representación del “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima”, frente a don José Antonio García Aguilar y doña Romina Lorena Amador de García, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son los siguientes:
  Sentencia número 58 de 2015
  En Torrejón de Ardoz, a 12 de marzo de 2015..Vistos por la ilustrísima señora doña Lourdes Pérez Padilla, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 1, por sustitución ordinaria, de Torrejón de Ardoz y su partido judicial, los autos de juicio ordinario número 4 de 2013, seguidos a instancias de la entidad “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima”, representada por el procurador don Javier Jáñez Gutiérrez y defendida por la letrada doña Carmen Trillo Abad, contra don José Antonio García Aguilar y doña Romina Lorena Amador de García, declarados en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad.
  Fallo
  Estimo íntegramente la demanda presentada de la entidad “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima”, representada por el procurador don Javier Jáñez Gutiérrez y defendida por la letrada doña Carmen Trillo Abad, contra don José Antonio García Aguilar y doña Romina Lorena Amador de García, declarados en situación procesal de rebeldía, y en consecuencia, debo condenar y condeno a don José Antonio García Aguilar y doña Romina Lorena Amador de García a que paguen a la entidad “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima”, la cantidad de 5.318,36 euros, más los intereses legales desde la fecha de interpelación judicial (3 de enero de 2013) hasta el día de hoy, más los intereses legales incrementados en dos puntos desde hoy hasta su total pago, con imposición de costas procesales a la parte demandada.
  Notifíquese la presente a las partes, indicando que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la ilustrísima Audiencia Provincial, que deberá ser interpuesto en el plazo de veinte días ante este mismo Juzgado.
  Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
  Publicación
  La anterior sentencia ha sido leída y publicada por la magistrada-juez que la suscribe estando celebrando audiencia pública, de lo que doy fe.
  Y encontrándose dichos demandados don José Antonio García Aguilar y doña Romina Lorena Amador de García en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a los mismos mediante su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado.
  Torrejón de Ardoz, a 13 de marzo de 2015..La secretaria judicial (firmado).
  (02/1.865/15)</texto>
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