<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20150411-11</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2015/04/11</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 1. Ejecución 261 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>2</pagina_inicial>
    <pagina_final>2</pagina_final>
    <diario_numero>85</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2015-04-11-85310320150009</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/04/11/BOCM-20150411-11.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/04/11/BOCM-20150411-11.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/04/11/BOCM-20150411-11.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/04/11/BOCM-20150411-11.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1 
 
 11 
 Ejecución 261 de 2014 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Rosario Barrio Pelegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 261 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Javier Barrios Alonso, don José María Barrios Alonso, don Lope Vicente Lancho Ramos y don Rafael Rodríguez Serrano, frente a “Instalaciones Telefónicas Paloma, Sociedad Limitada”, “Socotel News, Sociedad Limitada”, y “Telpasín, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  Auto
  En Madrid, a 22 de enero de 2015.
  Parte dispositiva:
  Se declara extinguida la relación laboral que unía a don Lope Vicente Lancho Ramos, don Rafael Rodríguez Serrano, don Francisco Javier Barrios Alonso y don José María Barrios Alonso con la empresa “Telpasín, Sociedad Limitada”, con efectos desde esta resolución, condenando a esta a que abone a aquellos las cantidades que se relacionan en concepto de indemnización y en concepto de salarios devengados desde el despido hasta la presente resolución, respectivamente:
  A don José María Barrios Alonso: 38.493,46 euros y 33.372,02 euros.
  A don Francisco Javier Barrios Alonso: 33.010,28 euros y 28.571,13 euros.
  A don Rafael Rodríguez Serrano: 29.788,62 euros y 32.550,57 euros.
  A don Lope Vicente Lancho Ramos: 22.891,91 euros y 27.186,26 euros.
  En cuanto a la acción ordinaria de reclamación de cantidad, “Telpasín, Sociedad Limitada”, ha sido condenada por sentencia al pago de las siguientes cantidades:
  A don José María Barrios Alonso: 4.055,33 euros.
  A don Francisco Javier Barrios Alonso: 4.022,22 euros.
  A don Rafael Rodríguez Serrano: 3.924,25 euros.
  A don Lope Vicente Lancho Ramos: 3.071,42 euros.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número de cuenta 2499/0000/64/0261/14.
  Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social don Antonio Martínez Melero.
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Telpasín, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 4 de marzo de 2015..La secretaria judicial (firmado).
  (03/8.574/15)</texto>
</documento>