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    <fecha_publicacion>2015/04/14</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 28. Procedimiento 439 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>87</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28 
 
 156 
 Procedimiento 439 de 2014 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María García Ferreira, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 439 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ángel Luis Castrejón Mateo y doña María Dolores Guisado Caro, frente a don Miguel Ángel Molina Romo y “Servicios de Tentaciones Gastronómicas, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado auto de aclaración de la sentencia de fecha 5 de marzo de 2015, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Que estimo la demanda interpuesta por don Ángel Luis Castrejón Mateo y doña María Dolores Guisado Caro, contra don Miguel Ángel Molina Romo, “Servicios de Tentaciones Gastronómicas, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, condeno a la parte demandada a que abone las siguientes cantidades: 1.736 euros a doña María Dolores Guisado Caro y 4.019 euros a don Ángel Luis Castrejón Mateo, así como el 10 por 100 anual de interés por mora.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Servicios de Tentaciones Gastronómicas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 5 de marzo de 2015..La secretaria judicial (firmado).
  (03/8.961/15)</texto>
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