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    <titulo>Madrid número 1. Juicio de faltas 885 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>88</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 1 
 
 119 
 Juicio de faltas 885 de 2014 
  EDICTO
  Don Joaquín Barnuevo Vigil de Quiñones, secretario del Juzgado de instrucción número 1 de Madrid.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 885 de 2014 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Sentencia número 81
  En Madrid, a 9 de marzo de 2015..Vistos por el ilustrísimo señor don Pedro López Jiménez, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 1 de esta capital, los autos de juicio de faltas número 885 de 2014, incoados por desobediencia y desconsideración a agentes de la autoridad, en los que figuran como denunciantes los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía con carnés profesionales números 109.724, 122.853 y 114.142 y como denunciado don Robin Mamani Collarana; siendo parte en las actuaciones el ministerio fiscal.
  Parte dispositiva:
  Debo condenar a don Robin Mamani Collarana, como autor de una falta sobre desconsideración a agentes de la autoridad, a la pena de veinte días de multa, que con una cuota diaria de 3 euros supone la cantidad de 60 euros, quedando sujeto a la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas, pudiendo hacerse efectiva mediante localización permanente y, previa audiencia del penado, sustituirse por trabajos en beneficio de la comunidad, a razón de una jornada de trabajo por cada día de privación de libertad, y al pago de las costas procesales que hayan podido originarse en el juicio. Una vez firme esta resolución, insértese el original en el libro de sentencias, dejando en los autos testimonio literal.
  Contra esta sentencia cabe formular recurso de apelación en los cinco días siguientes a su notificación.
  Así por esta mi sentencia, que se notificará a las partes en legal forma, definitivamente juzgando en la instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Robin Mamani Collarana, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 10 de marzo de 2015..El secretario (firmado).
  (03/9.200/15)</texto>
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