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    <fecha_publicacion>2015/04/15</fecha_publicacion>
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    <titulo>Guadalajara número 1. Seguridad Social 50 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>88</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 1 
 
 261 
 Seguridad Social 50 de 2014 
  EDICTO
  Doña María del Rosario de Andrés Herrero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Guadalajara.
  Hago saber: Que en el procedimiento de Seguridad Social número 50 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Julio Candelario Carrasco, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social y “Cimenfor, Sociedad Anónima”, sobre Seguridad Social, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Fallo
  Desestimando la excepción de caducidad de la instancia alegada por la mutua demandada; desestimo la demanda de don Julio Candelario Carrasco, frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, la empresa “Cimenfor, Sociedad Anónima”, y “Fremap, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 61”, a los que absuelvo de la pretensión deducida en su contra por la parte actora.
  Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo de conformidad con lo dispuesto por los artículos 192 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Cimenfor, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Guadalajara, a 13 de marzo de 2015..La secretaria judicial (firmado).
  (03/9.257/15)</texto>
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