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    <fecha_publicacion>2015/04/20</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 19. Ejecución 37 de 2015</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>92</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19 
 
 157 
 Ejecución 37 de 2015 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Nieves Prieto Berrocal, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 37 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Amina El Mzouri, frente a “Alaska Ficciones, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución.
  Acuerdo despachar orden general de ejecución del título indicado a favor de la ejecutante doña Amina El Mzouri, frente a “Alaska Ficciones, Sociedad Limitada”.
  Visto el estado de los autos, se tiene por despachada la ejecución de lo acordado en el acta de conciliación de fecha 27 de febrero de 2014 contra la empresa “Alaska Ficciones, Sociedad Limitada”, y en favor de la demandante doña Amina El Mzouri y, previamente a iniciar la vía de apremio, se acuerda oír a las partes en la vista incidental que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en la calle Princesa, número 3, planta quinta, de Madrid, el día 8 de junio de 2015, a las ocho cincuenta y cinco horas, a fin de determinar el importe de la ejecución, ya que en el acuerdo se estableció que en el caso de que no se le abonaran las cantidades especificadas, la empresa debería compensar a la demandante con una indemnización igual a la establecida en el artículo 56.1 del Estatuto de los Trabajadores. Cíteseles en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada) se le tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado) el acto se celebrará sin su presencia.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Alaska Ficciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 30 de marzo de 2015..La secretaria judicial (firmado).
  (03/10.562/15)</texto>
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