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    <fecha_publicacion>2015/04/20</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda. Plan Especial para finca</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>92</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Madrid</organismo>
    <organismo>Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MADRID 
 URBANISMO
 Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda
 
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 Plan Especial para finca 
  La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su sesión celebrada el 12 de marzo de 2015, adoptó el siguiente acuerdo:
  «Primero..Admitir a trámite y aprobar inicialmente el Plan Especial para la finca sita en la calle Tarragona, número 5, Distrito de Arganzuela, promovido por “Piedrasluengas, Sociedad Limitada”, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 57 de la misma Ley.
  Segundo..Someter el expediente al trámite de información pública por el plazo de un mes, mediante la inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en uno de los periódicos de mayor difusión.
  Tercero..Notificar individualmente a todos los propietarios afectados el presente acuerdo. 
  Cuarto..Suspender el otorgamiento de licencias urbanísticas que, incluidas en el ámbito comprendido en el Plan Especial, pudieran resultar afectadas por sus determinaciones, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70.4 de la citada Ley 9/2001 y 120 del Reglamento de Planeamiento, aprobado por Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio».
  Lo que se publica para general conocimiento y con el fin de que cuantas personas se consideren interesadas puedan examinar el expediente en los Servicios de Información Urbanística del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda, calle Ribera del Sena, número 21, en las mañanas de los días hábiles durante el plazo señalado, computable desde el día siguiente al la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y formular por escrito cuantas alegaciones estimen conveniente a su derecho.
  Madrid, a 23 de marzo de 2015..El secretario de la Junta de Gobierno, Diego Sanjuanbenito Bonal.
  (02/1.969/15)</texto>
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