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    <identificador>BOCM-20150420-216</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE SEVILLA NÚMERO 10</departamento>
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    <fecha_publicacion>2015/04/20</fecha_publicacion>
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    <titulo>Sevilla número 10. Ejecución 76 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>92</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE SEVILLA NÚMERO 10</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE SEVILLA NÚMERO 10 
 
 216 
 Ejecución 76 de 2014 
  EDICTO
  Doña Rosa María Rodríguez Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Sevilla.
  Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 76 de 2014, a instancias de la parte actora doña Esperanza Rodríguez Generosa, contra “HD Sevilla de Restauración, Sociedad Anónima”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado resolución de fecha 3 de diciembre de 2013 del tenor literal siguiente:
  Decreto número 155 de 2015
  Secretaria judicial, doña Rosa María Rodríguez Rodríguez..En Sevilla, a 5 de marzo de 2015.
  Parte dispositiva:
  Acuerdo:
  a)  Declarar a la ejecutada “HD Sevilla de Restauración, Sociedad Anónima”, en situación de insolvencia por importe de 6.805,06 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Remítase edicto para su publicación en el “Boletín Oficial del Registro Mercantil”.
  b)  Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso de reposición ante este Juzgado de lo social, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.
  Para la admisión del recurso deberá previamente acreditarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en el “Banco Santander”, número 4029/0000/64/0076/14, utilizando para ello el modelo oficial, debiendo indicar en el campo “Concepto” que se trata de un “Recurso”, seguido del código “30 Social-Reposición”, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita.
  Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria, habrá de hacerse en la cuenta del “Banco Santander”, número 0049/3569/92/0005001274, IBAN ES55/0049/3569/92/000 5001274, debiendo indicar el “Beneficiario” Juzgado de lo social número 10 de Sevilla y en “Observaciones” se consignarán los dieciséis dígitos de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos dieciséis dígitos (separados por un espacio) el código “30 Social-Reposición”.
  Y para que sirva de notificación a la demandada “HD Sevilla de Restauración, Sociedad Anónima”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.
  En Sevilla, a 5 de marzo de 2015..La secretaria judicial (firmado).
  (03/9.962/15)</texto>
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