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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALENCIA NÚMERO 2</departamento>
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    <fecha_publicacion>2015/04/20</fecha_publicacion>
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    <titulo>Valencia número 2. Autos 1.185 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>92</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALENCIA NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALENCIA NÚMERO 2 
 
 219 
 Autos 1.185 de 2012 
  EDICTO
  Doña Milagros Burillo Orrico, secretaria del Juzgado de lo social número 2 de Valencia.
  Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos número 1.185 de 2012, a instancias de don José Antonio Beltrán Monteagudo, doña Carmen Reyes García, doña María Luisa Toledo Huerta, doña Concepción Cerezo Ferrando, doña Vanesa Flores Ruiz, doña María del Carmen Cerezo Ferrando, doña Encina Sánchez Córdoba, doña Virginia de la Paz Cerezo, doña Fabiola Toledo Huerta, doña Sofía Soriano Ortiz, doña Antonia Alcalá Gámez, don Joaquín Torres Ruiz, doña Mónica Sánchez Giménez y don Juan Albiach Miró, contra “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, “Terral Wind, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, en los que el día 13 de marzo de 2015 se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva dice:
  Fallo
  Teniendo a la parte actora por desistida de su pretensión frente a la mercantil “Clece, Sociedad Anónima”, y estimando la demanda que da origen a estas actuaciones, debo condenar y condeno solidariamente a las empresas codemandadas “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, y “Terral Wind, Sociedad Limitada”, a que por los conceptos expresados en la demanda abonen a cada uno de los actores los importes siguientes, los cuales deberán incrementarse en el interés por demora del 10 por 100 anual, y condenando al Fondo de Garantía Salarial, en su condición de responsable legal subsidiario, a estar y pasar por los efectos de esta resolución:
  A don José Antonio Beltrán Monteagudo: 2.999,28 euros.
  A doña Carmen Reyes García: 3.116,10 euros.
  A doña María Luisa Toledo Huerta: 3.102,99 euros.
  A doña Concepción Cerezo Ferrando: 2.412,37 euros.
  A doña Vanesa Flores Ruiz: 2.954,75 euros.
  A doña María del Carmen Cerezo Ferrando: 3.715,78 euros.
  A doña Encina Sánchez Córdoba: 3.220,17 euros.
  A doña Virginia de la Paz Cerezo: 2.882,29 euros.
  A doña Fabiola Toledo Huerta: 2.954,75 euros.
  A doña Sofía Soriano Ortiz: 3.102,99 euros.
  A doña Antonia Alcalá Gámez: 3.027,20 euros.
  A don Joaquín Torres Ruiz: 2.966,00 euros.
  A doña Mónica Sánchez Giménez: 2.608,86 euros.
  A don Juan Albiach Miró: 3.527,22 euros.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, con la advertencia de que no es firme y que frente a la misma cabe recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, que deberá anunciarse dentro de los cinco días siguientes a su notificación, lo que podrá efectuar el interesado al hacerle la notificación con la mera manifestación de la parte o de su abogado o representante de su propósito de entablar tal recurso, o bien por comparecencia o por escrito presentado, también de cualquiera de ellos, ante este Juzgado de lo social.
  Y para que conste y sirva de notificación a “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, y “Terral Wind, Sociedad Limitada”, que se encuentran en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Valencia, a 13 de marzo de 2015..La secretaria (firmado).
  (03/9.958/15)</texto>
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