<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20150420-26</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>ALCOBENDAS</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2015/04/20</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Alcobendas. Otros anuncios. Notificación incumplimiento orden de ejecución</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>3</pagina_inicial>
    <pagina_final>3</pagina_final>
    <diario_numero>92</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2015-04-20-92130420150015</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/04/20/BOCM-20150420-26.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/04/20/BOCM-20150420-26.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/04/20/BOCM-20150420-26.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/04/20/BOCM-20150420-26.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Alcobendas</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS 
 OTROS ANUNCIOS
 
 26 
 Notificación incumplimiento orden de ejecución 
  Por no haber sido posible practicar en el domicilio del destinatario la notificación que se relaciona en el anexo I, se procede a su publicación, en extracto, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a efectos de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
  Recursos: contra la resolución que se indica, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que las haya adoptado o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo o Sala del mismo nombre del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (según los casos) en el plazo de dos meses, contados, en ambos casos, a partir de la fecha siguiente a la publicación de este anuncio, sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro recurso que se estime procedente.
  El contenido íntegro de la resolución que se notifica podrá ser examinado en la Dirección General de Licencias del Ayuntamiento de Alcobendas.
  En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica de Protección de Datos (Ley 15/1999, de 13 de diciembre, “Boletín Oficial del Estado” de 14 de diciembre), se pone en su conocimiento que los datos recogidos serán tramitados informáticamente por el Ayuntamiento de Alcobendas en el ejercicio de sus competencias. El interesado podrá ejercitar, en cualquier momento, los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en los términos previstos en la citada Ley.
  ANEXO I
  Expediente: orden de ejecución número 205/13-OEG.
  Interesado: UNITEC (Unión de Tiendas Especialistas en Comunicación). CIF:  A-81188856.
  Resolución: decreto 2686, del primer teniente de alcalde-delegado de Urbanismo, Vivienda, Obras y Licencias, de 20 de marzo de 2015.
  Apartado dispositivo:
  1.  Declarar incumplida la orden de ejecución dictada por decreto 12643, de 19 de diciembre de 2014.
  2.  Ejecutar subsidiariamente por el Ayuntamiento las actuaciones ordenadas mediante resolución por decreto 12643, de 19 de diciembre de 2014.
  Alcobendas, a 30 de marzo de 2015..El alcalde, Ignacio García de Vinuesa Gardoqui.
  (02/2.189/15)</texto>
</documento>