<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20150423-165</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2015/04/23</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 34. Procedimiento ordinario 1.386 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>7</pagina_inicial>
    <pagina_final>7</pagina_final>
    <diario_numero>95</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2015-04-23-95200420150109</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/04/23/BOCM-20150423-165.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/04/23/BOCM-20150423-165.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/04/23/BOCM-20150423-165.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/04/23/BOCM-20150423-165.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34 
 
 165 
 Procedimiento ordinario 1.386 de 2014 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 1.386 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Raquel Laguna González, frente a “Ibérica de Ferretería Mayorista, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 17 de marzo de 2015, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
  Fallo
  Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta a instancias de doña Raquel Laguna González, actuando en su propio nombre y representación, contra la empresa “Ibérica de Ferretería Mayorista, Sociedad Limitada”, habiendo sido emplazado el Fondo de Garantía Salarial, condenando a la parte demandada a pagar a la trabajadora demandante la cantidad de 2.033,33 euros, con aplicación del 10 por 100 de interés de conformidad con el fundamento jurídico cuarto de esta resolución, sin condena en costas.
  En cuanto al Fondo de Garantía Salarial, este organismo estará a la disponibilidad legalmente establecida para él.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que esta sentencia es firme y que contra la misma no cabe interponer recurso alguno [artículo 191.2.g) de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social].
  Así por esta mi sentencia lo pronuncia, manda y firma doña Laura Alonso Martín, magistrada-juez de refuerzo de este Juzgado.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Ibérica de Ferretería Mayorista, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 20 de marzo de 2015..El secretario judicial (firmado).
  (03/10.407/15)</texto>
</documento>