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    <fecha_publicacion>2015/04/28</fecha_publicacion>
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    <titulo>– El Molar. Otros anuncios. Solicitud juez de paz titular y sustituto</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de El Molar</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE EL MOLAR 
 OTROS ANUNCIOS
 
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 Solicitud juez de paz titular y sustituto 
  Estando vacantes los cargos de juez de paz titular y sustituto, se convoca a todos los interesados para que presenten en el Ayuntamiento sus solicitudes de nombramiento.
  Los requisitos para tal nombramiento son los siguientes:
  A tenor de los artículos 303 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, están incapacitados para ser jueces de paz los impedidos física o psíquicamente para la función judicial; los condenados por delito doloso, mientras no hayan obtenido la rehabilitación; los procesados inculpados por delito doloso, en tanto no sean absueltos o se dicte auto de sobreseimiento, y los que no estén en pleno ejercicio de sus derechos civiles.
  La instancia se recogerá en el Ayuntamiento y se deberá de acompañar certificado de antecedentes penales, fotocopia del DNI, y escrito sobre los méritos del interesado en orden a su nombramiento, debiendo presentar la documentación en el plazo de veinte días hábiles siguientes a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  El Molar, a 10 de abril de 2015..El alcalde, Emilio de Frutos.
  (03/11.956/15)</texto>
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