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    <identificador>BOCM-20150430-136</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5</departamento>
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    <fecha_publicacion>2015/04/30</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 5. Ejecución 239 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5 
 
 136 
 Ejecución 239 de 2014 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María José Villagrán Moriana, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 5 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 365 de 2014, ejecución número 239 de 2014, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Sebastián Ruiz Ojeda, frente a “Atyser Técnicos, Sociedad Limitada”, “Movesa, Sociedad Anónima”, y “Sociedad Ibérica de Tuberías, Sociedad Limitada”, con citación del administrador concursal don Francisco José Benítez Benítez, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  Diligencia..En Madrid, a 24 de marzo de 2015.
  La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que en esta fecha ha tenido entrada en este Juzgado escrito y copias presentado por don Sebastián Ruiz Ojeda solicitando la ejecución del auto de extinción por el que se condena a “Atyser Técnicos, Sociedad Limitada”, “Sociedad Ibérica de Tuberías, Sociedad Limitada”, y “Movesa, Sociedad Anónima”, al pago de cantidad líquida; asimismo, hago constar que dicho título es firme. Paso a dar cuenta..Doy fe.
  Auto
  En Madrid, a 24 de marzo de 2015.
  Parte dispositiva:
  No ha lugar a despachar la ejecución por encontrarse las entidades ejecutadas “Atyser Técnicos, Sociedad Limitada”, “Sociedad Ibérica de Tuberías, Sociedad Limitada”, y “Movesa, Sociedad Anónima”, en situación de concurso de acreedores. Hágase entrega a la parte actora de copia sellada de la demanda y testimonio de la sentencia y del auto de extinción de la relación laboral y aclaración recaídas en este procedimiento, así como de la presente resolución, y archívense las actuaciones previa baja en el libro correspondiente.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número de cuenta 2503/0000/00/0365/14.
  Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña Ángela Mostajo Veiga.
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Movesa, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 24 de marzo de 2015..La secretaria judicial (firmado).
  (03/10.855/15)</texto>
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