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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2015/05/05</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Los Molinos. Régimen económico. Impuesto bienes inmuebles 2015</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>105</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>LOS MOLINOS</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE LOS MOLINOS 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 55 
 Impuesto bienes inmuebles 2015 
  Se encuentran al cobro los recibos del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana y rústica correspondientes al ejercicio 2015 en período voluntario del día 4 de mayo de 2015 al día 30 de noviembre de 2015.
  El Ayuntamiento ha acordado este plazo de ingreso excepcional de siete meses con objeto de que los/las vecinos/as de Los Molinos puedan cumplir con su obligación tributaria de una forma más cómoda. Durante este plazo, el contribuyente que lo desee, podrá:
  .	Realizar ingresos parciales en la Oficina de Recaudación, siempre que se pague la totalidad del recibo dentro del período voluntario establecido. 
  .	Fraccionar o aplazar el pago de la deuda en más tiempo del plazo señalado; en este caso, deberá solicitarlo el interesado.
  El pago de los recibos que no estén domiciliados en banco o caja, se puede hacer efectivo en la Oficina de Recaudación del Ayuntamiento, de lunes a viernes, en horario de ocho y treinta a trece, o a través de “Bankia”, “BBVA” o “Caixabank”, presentando el recibo enviado por correo. 
  Los recibos domiciliados en banco o caja se pasarán al cobro en la segunda quincena del mes de agosto.
  El vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario sin haber sido satisfecha la deuda determinará el inicio del período ejecutivo, la exigencia de los intereses de demora y de los recargos de apremio en los términos de los artículos 26 y 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y, en su caso, de las costas del procedimiento de apremio tal y como se establece en el artículo 161.4 del citado texto legal.
  Lo que se hace público para general conocimiento de todo el vecindario.
  Los Molinos, a 14 de abril de 2015..El alcalde (firmado).
  (02/2.467/15)</texto>
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