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    <fecha_publicacion>2015/05/08</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 32. Procedimiento ordinario 1.187 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>108</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32 
 
 148 
 Procedimiento ordinario 1.187 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Luisa Álvarez Castillo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento 1.187 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Rafael Francisco Martínez de San Antonio, frente a “Proyectos Morbar, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 379 de 2014
  En Madrid, a 17 de octubre de 2014..Vistos por la ilustrísima magistrada-juez del Juzgado de lo social número 32 de Madrid, doña María Luisa Gil Meana, los presentes autos número 1.187 de 2013, seguidos a instancias de don Rafael Francisco Martínez de San Antonio, que comparece asistido de la letrada doña Manuela Montejo Bombín, contra “Proyectos Morbar, Sociedad Limitada”, sobre reclamación de cantidad, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia.
  Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación,
  Fallo
  Que con estimación de la demanda presentada por don Rafael Francisco Martínez de San Antonio, contra “Proyectos Morbar, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la parte demandada a abonar al actor por los conceptos de la demanda 1.493,08 euros, más 149,30 euros de interés por mora.
  Se advierte a las partes que esta sentencia es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno.
  Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
  Publicación
  Leída y publicada fue la anterior sentencia por la magistrada-juez de lo social que la firma estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Proyectos Morbar, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Madrid, a 1 de abril de 2015..La secretaria judicial (firmado).
  (03/12.123/15)</texto>
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