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    <identificador>BOCM-20150521-95</identificador>
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    <fecha_publicacion>2015/05/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 36. Procedimiento ordinario 207 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>119</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 36</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 36 
 
 95 
 Procedimiento ordinario 207 de 2013 
  EDICTO
  Don Miguel Anaya del Olmo, secretario judicial del Juzgado de primera instancia número 36 de Madrid.
  Hago saber: Que en este Juzgado a mi cargo se siguen actuaciones de juicio ordinario número 207 de 2013, a instancias de “Zurich Insurance, PLC”, contra don José Benito Macas Esparza, declarado en rebeldía, en el que se ha dictado la sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
  Sentencia
  En Madrid, a 12 de diciembre de 2014..Vistos por la ilustrísima señora doña María de los Ángeles Martín Vallejo, magistrada-juez de primera instancia del número 36 de los de Madrid, los presentes autos seguidos entre la demandante “Zurich Insurance, PLC”, representada por la procuradora señora Centoira Parrondo, asistida por el letrado señor Aranque Muñoz, contra don José Benito Macas Esparza, declarado en rebeldía, en reclamación de daños, en el juicio ordinario número 207 de 2013, en los que aparece lo siguiente
  Fallo
  Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora señora Centoira Parrondo, en nombre y representación de “Zurich Insurance, PLC”, contra don José Benito Macas Esparza, declarado en rebeldía, debo condenar y condeno a la parte demandada a abonar a la demandante la cantidad de 8.255 euros y a los intereses legales de dicha suma desde el día de interposición de la demanda, siendo de aplicación el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, con condena en costas a la parte demandada.
  Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que sirva de notificación en forma de la sentencia al demandado don José Benito Macas Esparza, declarado en rebeldía y en paradero desconocido, se expide la presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 14 de abril de 2015..El secretario (firmado).
  (02/2.914/15)</texto>
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