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    <titulo>Madrid número 59. Juicio verbal 1.108 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 59 
 
 96 
 Juicio verbal 1.108 de 2014 
  EDICTO
  Doña María Teresa Carrión Castillo, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 59 de Madrid.
  Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (250.2) número 1.108 de 2014, instados por el procurador don José Luis Pinto-Marabotto Ruiz, en nombre y representación de “Operibérica, Sociedad Anónima Unipersonal”, contra doña Rosa Ortencia Angueta Salazar, en los que se ha dictado en fecha 21 de abril de 2015 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta por el procurador señor Pinto Marabotto, en representación de la mercantil “Operibérica, Sociedad Anónima Unipersonal”, frente a doña Rosa Ortencia Angueta Salazar:
  1.  Se declara la resolución del contrato suscrito en fecha 30 de mayo de 2011 entre la mercantil “Codere Madrid, Sociedad Anónima”, y doña Rosa Ortencia Angueta Salazar.
  2.  Se condena a la demandada doña Rosa Ortencia Angueta Salazar a abonar a la actora la cantidad de 1.946,66 euros, cuya cantidad desde la fecha de la demanda hasta su completo pago devengará los intereses legales correspondientes a incrementar desde la fecha de la presente sentencia en la forma determinada por el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
  3.  Se condena a la demandada doña Rosa Ortencia Angueta Salazar al abono de las costas procesales devengadas en la tramitación del procedimiento en esta instancia.
  Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, advirtiéndoles que conforme al artículo 455.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil es firme, no cabiendo contra ella recurso de apelación.
  En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada doña Rosa Ortencia Angueta Salazar, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición de la interesada en la Secretaría de este tribunal.
  En Madrid, a 23 de abril de 2015..La secretaria judicial (firmado).
  (02/2.912/15)</texto>
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