<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20150527-67</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 11</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2015/05/27</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 11. Procedimiento 396 de 2001</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>6</pagina_inicial>
    <pagina_final>6</pagina_final>
    <diario_numero>124</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2015-05-27-124270520150008</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/05/27/BOCM-20150527-67.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/05/27/BOCM-20150527-67.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/05/27/BOCM-20150527-67.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/05/27/BOCM-20150527-67.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 11</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 11 
 
 67 
 Procedimiento 396 de 2001 
  EDICTO
  En este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (250.2) número 396 de 2001, entre “Gas Natural SDG, Sociedad Anónima”, don J. Luis del Prado Barrero y doña María del Pilar Mateo Oliver, en cuyos autos se ha dictado sentencia de fecha 6 de febrero de 2001, cuyo extracto es el siguiente:
  Fallo
  Estimo íntegramente la demanda formulada por la procuradora de los tribunales señora Martín Rico, en la representación que ostenta de “Gas Natural SDG, Sociedad Anónima”, contra don J. Luis del Prado Barrero y doña María del Pilar Mateo Oliver, y en su mérito declaro la resolución del contrato de suministro de gas suscrito entre las partes mediante la póliza número 1.258.364, y condeno a los codemandados al pago de la cantidad de 127.393 pesetas, más intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda. Se declara la obligación a los demandados de facilitar la entrada en el domicilio donde se presta el suministro de gas, sito en la calle Mérida, número 18, primero izquierda, de Madrid, y permitir que se desmonte el contador de gas, clausurando la instalación receptora.
  Con expresa condena en costas a la parte demandada.
  Y para que sirva de notificación a don J. Luis del Prado Barrero expido y firmo la presente en Madrid, a 20 de abril de 2015..El secretario judicial (firmado).
  (03/14.235/15)</texto>
</documento>