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    <fecha_publicacion>2015/06/01</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 18. Procedimiento 604 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18 
 
 154 
 Procedimiento 604 de 2014 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 18 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 604 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alfonso García Hernando, doña Irene Mediavilla Terradillos y don Severiano Martín Muñoz, frente a don Carlos Montero Hernando, don Sebastián Nieto Sarrate, “Administración Energética y Medioambiental, Sociedad Limitada”, “Bio 2 Comunicación y Distribución, Sociedad Limitada”, “Distribuciones Sebastián Nieto Sarrasate, Sociedad Limitada Unipersonal”, “Gasóleos Jarama, Sociedad Limitada”, “Hábitat Ecológico, Sociedad Anónima Unipersonal”, “Madrileña de Vehículos Terrestres e Industriales, Sociedad Limitada”, y don Mario Moya de la Rubia, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:
  Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Pilar Ortiz Martínez..En Madrid, a 13 de abril de 2015.
  Los anteriores escritos presentados por las partes, únanse a los autos de su razón, dando a las copias el destino legal.
  El escrito presentado por don Ángel Cobos Martínez, fecha de entrada 27 de marzo de 2015, se tienen por hechas las manifestaciones contenidas en el mismo de que únicamente está autorizado para asistir a juicio.
  El escrito presentado por don Sebastián Nieto Sarrate, fecha de entrada 27 de marzo de 2015, en nombre y representación de la empresa “Administración Energética y Medioambiental, Sociedad Limitada”, se tiene por efectuada la opción establecida en la sentencia a favor del abono de la indemnización a los trabajadores.
  El escrito presentado por la parte actora, fecha de entrada 30 de marzo de 2015, en el que se opone a la propuesta de pago aplazado presentado por “Madrileña de Vehículos Terrestres e Industriales, Sociedad Limitada”, lo que se pone en conocimiento de la parte para que en el plazo dé diez días de cumplimiento a la sentencia, con los apercibimientos legales.
  El escrito presentado por don Sebastián Nieto Sarrate, con fecha de entrada en este Juzgado el 1 de abril de 2014, únase u visto su contenido, requiérase al letrado para que en el plazo de tres días comparezca en la Secretaría de este Juzgado para ratificarse en el contenido del mismo, toda vez que no está firmado. Dese traslado a la parte actora por plazo de cinco días para que alegue lo que a su derecho convenga respecto al pago aplazado propuesto.
  Los anteriores resguardos de ingresos recibidos de “Banesto” realizados por “Administración Energética y Medioambiental, Sociedad Limitada”, por importe de 1.150 euros y por “Madrileña de Vehículos Terrestres e Industriales, Sociedad Limitada”, por importe de 950 euros, únanse a los autos de su razón.
  Constando consignada a fecha de hoy en la cuenta de este procedimiento la cantidad de 8.850 euros, procédase a distribuir dicha cantidad entre los demandantes en la siguiente proporción, expidiéndose al efecto los correspondientes mandamientos de pago una vez firme la presente resolución:
  A doña Irene Mediavilla Terradillos la cantidad de 2.566,50 euros.
  A don Severiano Martín Muñoz la cantidad de 2.832 euros.
  A don Alfonso García Hernando la cantidad de 3.451,50 euros.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Madrileña de Vehículos Terrestres e Industriales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 4 de mayo de 2015..La secretaria judicial (firmado).
  (03/14.794/15)</texto>
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