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    <identificador>BOCM-20150608-6</identificador>
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    <departamento>Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno</departamento>
    <rango>ORDEN</rango>
    <fecha_publicacion>2015/06/08</fecha_publicacion>
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    <titulo>Delegación de competencias
– Orden 1305/2015, de 8 de junio, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se mantiene la vigencia de las delegaciones de competencias efectuadas por la Orden 1128/2013, de 25 de abril, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y la firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>134</diario_numero>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>B) Autoridades y Personal</apartado>
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    <tipo_disposicion>ORDEN</tipo_disposicion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  B) Autoridades y Personal 
  CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO 
 
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 ORDEN 1305/2015, de 8 de junio, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se mantiene la vigencia de las delegaciones de competencias efectuadas por la Orden 1128/2013, de 25 de abril, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y la firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones. 
  Mediante Orden 1128/2013, de 25 de abril, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, se delegó el ejercicio de determinadas competencias y la firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones. 
  Manteniéndose las razones que justificaron la aprobación de dicha Orden y para continuar facilitando la gestión administrativa, de acuerdo con los principios generales de eficacia y eficiencia, procede continuar estableciendo un régimen de delegación de competencias del titular de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno.
  En su virtud, y haciendo uso de las facultades conferidas por el artículo 52 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
  DISPONGO
  Primero
  Vigencia de la delegación de competencias
  Se mantiene la vigencia de las delegaciones de competencias efectuadas por la Orden 1128/2013, de 25 de abril, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y la firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones.
  Segundo
  Disposición adicional
  En caso de vacante de los titulares de los órganos a los que se refiere la presente Orden y mientras dure tal situación, se entenderán revocadas las delegaciones efectuadas.
  Tercero
  Eficacia
  La presente Orden producirá efectos desde el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Madrid, a 8 de junio de 2015.
  		El Consejero de Presidencia, Justicia 		y Portavoz del Gobierno, 		FRANCISCO JAVIER HERNÁNDEZ MARTÍNEZ
  (03/17.443/15)</texto>
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