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    <fecha_publicacion>2015/06/11</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 14. Procedimiento ordinario 1.283 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>137</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14 
 
 121 
 Procedimiento ordinario 1.283 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 1.283 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Eleksandra Zumaquero Lewko, frente a doña Isabel Valverde Delgado y doña Míriam Yolanda Valverde Delgado, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 73 de 2015
  En Madrid, a 23 de febrero de 2015..Vistos por mí, doña María Romero-Valdespino Jiménez, magistrada-juez sustituta en el Juzgado de lo social número 14 de Madrid, los presentes autos del orden social de la jurisdicción en materia de cantidad, entre las siguientes partes: doña Aleksandra Zumaquero Lewko, como demandante, asistida por el letrado don José María Fernández López, y como demandadas, doña Isabel Valverde Delgado y doña Míriam Yolanda Valverde Delgado, que citadas no comparecen, se procede a dictar sentencia sobre la base del siguiente
  Fallo
  Estimando en parte la demanda formulada por doña Aleksandra Zumaquero Lewko, frente a doña Míriam Yolanda Valverde Delgado y doña Isabel Valverde Delgado, debo condenar y condeno a la demandada doña Míriam Yolanda Valverde Delgado a abonar a la actora la cantidad de 400 euros. Absolviendo a doña Isabel Valverde Delgado.
  Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que es firme y contra ella no cabe recurso alguno.
  Por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a doña Isabel Valverde Delgado y doña Míriam Yolanda Valverde Delgado, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 8 de mayo de 2015..La secretaria judicial (firmado).
  (03/15.957/15)</texto>
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