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    <fecha_publicacion>2015/06/11</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 1. Procedimiento 1.401 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>137</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1 
 
 73 
 Procedimiento 1.401 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Rosario Barrio Pelegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 1.401 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Stefan Ivanov Kolev y doña Vasilka Koleva, frente al abogado del Estado y “Facilita Servicios Auxiliares, Sociedad Limitada”, sobre reclamación al Estado de salarios de tramitación, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 170 de 2015
  En Madrid, a 9 de abril de 2015..Visto por el ilustrísimo señor don Antonio Martínez Melero, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 1 de esta ciudad, el juicio promovido en reclamación de cantidad, a instancias de don Stefan Ivanov Kolev y doña Vasilka Koleva, frente al Estado.
  Fallo
  Que estimando en parte las pretensiones de la demanda, condeno al Estado a abonar a don Stefan Ivanov Kolev la cantidad de 32.740,20 euros y a abonar a doña Vasilka Koleva la cantidad de 24.832,50 euros.
  Notifíquese la presente resolución en legal forma a la partes, y adviértase que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de cinco días contados a partir de la notificación de la presente resolución.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Facilita Servicios Auxiliares, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 23 de abril de 2015..La secretaria judicial (firmado).
  (03/15.872/15)</texto>
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