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    <titulo>Madrid número 15. Ejecución 72 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15 
 
 149 
 Ejecución 72 de 2014 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 72 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Cristina Escribano García, frente a “Perrito Ole, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María Dolores Marín Relanzón..En Madrid, a 26 de mayo de 2015.
  Por presentado el anterior escrito de doña Cristina Escribano García, junto con la documentación que se acompaña, únase a los autos de su razón.
  Dese traslado de copia del escrito y de la documentación presentada a las otras partes de la ejecución.
  De conformidad con lo previsto en el artículo 238 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social se acuerda citar a las partes a la oportuna comparecencia incidental, en la cual podrán alegar y probar cuanto a su derecho convenga. Se señala para dicho acto el día 21 de julio de 2015, a las ocho y cincuenta horas.
  Se advierte a las partes de que deberán comparecer a dicho acto con los medios de prueba de que intenten valerse y que podrán solicitar, al menos con tres días de antelación a la fecha de la comparecencia, aquellas pruebas que, habiendo de practicarse en dicho acto, requieran diligencias de citación o requerimiento (artículo 90.2 de la Legislación de la Jurisdicción Social).
  Respecto de la remisión de testimonios al ministerio fiscal, espérese al resultado de la comparecencia señalada.
  Notifíquese esta resolución a las partes y a “The Perrito Ole Company, Sociedad Limitada”.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Perrito Ole, Sociedad Limitada” y “The Perrito Ole Company, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 26 de mayo de 2015..La secretaria judicial (firmado).
  (03/17.353/15)</texto>
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