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    <titulo>Madrid número 8. Procedimiento 907 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>149</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8 
 
 94 
 Procedimiento 907 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Raquel Paz García de Mateos, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 8 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 907 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Henry Luis Pasmay Toapanta, frente a “Gealma Climatización y Obras, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Que estimando la demanda en reclamación de cantidad interpuesta por don Henry Luis Pasmay Toapanta, vengo a condenar a la empresa “Gealma Climatización y Obras, Sociedad Limitada”, a satisfacerle por los conceptos de la demanda la cantidad de 2.593,49 euros, con más el 10 por 100 anual de interés por mora.
  Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que contra ella no cabe formular recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
  Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Gealma Climatización y Obras, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 25 de mayo de 2015..La secretaria judicial (firmado).
  (03/17.556/15)</texto>
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