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    <fecha_publicacion>2015/07/23</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 17. Ejecución 47 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>173</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17 
 
 85 
 Ejecución 47 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 47 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ángel Cadenas Alen, frente a “Ingeinsa Ingeniería e Instalaciones Sistemas Avanzados, Sociedad Limitada”, “Ingeinsa Seguridad, Sociedad Limitada”, y “Teseo Expansión Comercial, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  Parte dispositiva:
  Se acuerda subsanar la omisión advertida en el decreto de insolvencia de fecha 24 de mayo de 2013, quedando redactado en los siguientes términos:
  «A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 27.035,42 euros de principal, 1.892,47 euros de intereses y 2.703,54 euros calculados para costas, se declara la insolvencia provisional total de las ejecutadas “Ingeinsa Ingeniería e Instalaciones Sistemas Avanzados, Sociedad Limitada”, “Teseo Expansión Comercial, Sociedad Limitada”, e “Ingeinsa Seguridad, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrárseles nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.»
  Líbrese testimonio de la presente resolución a la parte ejecutante a los efectos requeridos.
  Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este decreto.
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Teseo Expansión Comercial, Sociedad Limitada”, “Ingeinsa Seguridad, Sociedad Limitada”, e “Ingeinsa Ingeniería e Instalaciones Sistemas Avanzados, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 23 de junio de 2015..La secretaria judicial (firmado).
  (03/20.454/15)</texto>
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