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    <identificador>BOCM-20150729-86</identificador>
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    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 16</departamento>
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    <fecha_publicacion>2015/07/29</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 16. Procedimiento ordinario 1.251 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>178</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 16</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 16 
 
 86 
 Procedimiento ordinario 1.251 de 2011 
  EDICTO
  En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1.251 de 2011, entre la comunidad de propietarios del paseo de Perales, número 15, y la herencia yacente de don Luis Benito Fernández, en reclamación de 13.437,05 euros, en cuyos autos se ha dictado la sentencia de fecha 21 de abril de 2015 rectificada por el auto de fecha 19 de mayo de 2015, cuyo encabezamiento, fallo y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:
  Sentencia número 80 de 2015
  En Madrid, a 21 de abril de 2015..Su señoría ilustrísima don Francisco Serrano Arnal, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 16 de Madrid, habiendo visto los presentes autos de juicio ordinario número 1.251 de 2011, seguidos en este Juzgado a instancias de la comunidad de propietarios del paseo de Perales, número 15, de Madrid, representada por la procuradora de los tribunales doña Belén Izquierdo Manso y asistida del letrado don Francisco Muñiz Reche, contra la herencia yacente de don Luis Benito Fernández (rebelde), sobre reclamación de la cantidad de 13.437,05 euros de principal, intereses legales y costas.
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta en nombre de la comunidad de propietarios del paseo del Pintor Rosales, número 22, de Madrid, condeno a la herencia yacente e ignorados herederos de don Luis Benito Fernández, a que pague a la anterior demandante la cantidad de 13.437,05 euros, más sus intereses legales desde demanda y costas.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Diligencia..Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, el cual deberá formalizarse, ante este Juzgado, en el plazo de veinte días desde su notificación, con sujeción a lo dispuesto en el artículo 449.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil..Doy fe.
  Parte dispositiva:
  Se estima la petición formulada por la comunidad de propietarios del paseo de Perales, número 15, de rectificar el fallo de la sentencia dictada en el presente procedimiento con fecha 24 de abril de 2015, quedando redactada del tenor literal siguiente:
  «Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta en nombre de la comunidad de propietarios del paseo de Perales, número 15, de Madrid, condeno a la herencia yacente e ignorados herederos de don Luis Benito Fernández, a que pague a la anterior demandante la cantidad de 13.437,05 euros, más sus intereses legales desde demanda y costas.»
  Y para que sirva de notificación a la herencia yacente de don Luis Benito Fernández expido y firmo la presente en Madrid, a 19 de mayo de 2015..El secretario judicial (firmado).
  (02/4.058/15)</texto>
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