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    <departamento>Consejería de Políticas Sociales y Familia</departamento>
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    <titulo>Datos de carácter personal
– Orden 1367/2015, de 15 de julio, de la Consejería de Políticas Sociales y Familia, por la que se modifica el fichero de datos de carácter personal denominado “Registro de Actuaciones para la Mujer” del que es responsable la Dirección General de la Mujer</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  C) Otras Disposiciones 
  CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y FAMILIA 
 
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 ORDEN 1367/2015, de 15 de julio, de la Consejería de Políticas Sociales y Familia, por la que se modifica el fichero de datos de carácter personal denominado “Registro de Actuaciones para la Mujer” del que es responsable la Dirección General de la Mujer. 
  La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, tiene por objeto garantizar y proteger, en relación con el tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, especialmente, respecto al honor y a la intimidad personal y familiar.
  Tras la entrada en vigor de la Ley 8/2012, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, ha quedado derogada la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, y extinguida la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, por lo que la normativa por la que ha de regirse la creación, modificación y supresión de ficheros de datos de carácter personal es la citada Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.
  En el capítulo I del título IV de esta Ley Orgánica se establecen los aspectos formales y materiales que deben tener los ficheros de titularidad pública. En concreto, el artículo 20 dispone que la creación, modificación y supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas solo podrá hacerse mediante disposición general publicada en el “Boletín Oficial del Estado” o en el diario oficial correspondiente.
  La Comunidad de Madrid, a través de la hoy Consejería de Políticas Sociales y Familia (Dirección General de la Mujer), dentro del ámbito de sus competencias, gestiona el Punto de Coordinación de las Órdenes de Protección, constituyéndose, a nivel autonómico, en el canal único de notificación de las órdenes de protección a los organismos e instituciones competentes en materia de asistencia y protección social a las víctimas de violencia doméstica y de género. Para la coordinación de la asistencia y protección social a las víctimas, se creó, por Orden 1870/2006, de 6 de septiembre, del Consejero de Empleo y Mujer, el fichero de datos de carácter personal denominado “Registro de Actuaciones para la Mujer de la Comunidad de Madrid”.
  La adecuada coordinación entre los agentes implicados en esta materia hace necesario posibilitar la cesión de datos entre los mismos de forma que pueda garantizarse una efectiva protección de estas víctimas a través del cumplimiento en su integridad de las medidas que se adopten.
  Esta cesión de datos, que se va a producir exclusivamente en el ámbito de la protección y asistencia integral de las mujeres de violencia, exige, a los efectos de lo dispuesto en la normativa aplicable en materia de protección de datos de carácter personal, de la necesaria modificación del fichero denominado “Registro de actuaciones para la mujer de la Comunidad de Madrid”.
  En su virtud, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y en uso de las atribuciones conferidas por las disposiciones vigentes,
  DISPONGO
  Apartado único
  Modificación del fichero de datos de carácter personal “Registro de Actuaciones para la Mujer”
  Se modifica el fichero de datos de carácter personal “Registro de Actuaciones para la Mujer” en los términos y condiciones señalados en el Anexo I, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y en su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre.
  DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA
  Notificación a la Agencia Nacional de Protección de Datos
  La modificación del fichero objeto de esta Orden se notificará a la Agencia Española de Protección de Datos para que proceda a su rectificación en el Registro General de Protección de Datos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 39.2 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y en el artículo 55 de su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre.
  DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
  Entrada en vigor
  La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Madrid, a 15 de julio de 2015.
  		El Consejero de Políticas Sociales y Familia, 		CARLOS IZQUIERDO TORRES
  ANEXO I
  Fichero: REGISTRO ACTUACIONES PARA LA MUJER
  Apartados que se modifican:
  .	Cesión o comunicación de datos: Los datos podrán ser cedidos a otras Administraciones Públicas, exclusivamente en el ámbito de la protección y asistencia integral a las víctimas de violencia doméstica y de género de conformidad con la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género y la Ley 5/2005, de 20 de diciembre, Integral contra la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid.
  (03/22.801/15)</texto>
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