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    <identificador>BOCM-20150806-137</identificador>
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    <fecha_publicacion>2015/08/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 41. Procedimiento 343 de 2015</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41 
 
 137 
 Procedimiento 343 de 2015 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 41 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 343 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Begoña Núñez Martínez, frente a “Sozzan Servicios Integrales, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Que estimando como estimo la demanda de cantidad formulada por doña Begoña Núñez Martínez, contra la empresa “Sozzan Servicios Integrales, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a esta a abonar a aquella la cantidad de 2.715,57 euros, con el recargo del artículo 29.3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a las partes que esta sentencia es firme y contra ella no cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Sozzan Servicios Integrales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 13 de julio de 2015..La secretaria judicial (firmado).
  (03/21.835/15)</texto>
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