<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20150817-28</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>ESTREMERA</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2015/08/17</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Estremera. Organización y funcionamiento. Junta de Gobierno</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>4</pagina_inicial>
    <pagina_final>4</pagina_final>
    <diario_numero>194</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2015-08-17-194140820150219</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/08/17/BOCM-20150817-28.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/08/17/BOCM-20150817-28.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/08/17/BOCM-20150817-28.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/08/17/BOCM-20150817-28.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Estremera</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE ESTREMERA 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
 28 
 Junta de Gobierno 
  Decreto del alcalde, don José Carlos Villalvilla López..En cumplimiento de lo previsto en el artículo 20 de la Ley 7/1985 y desarrollo en el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, corresponde a esta Alcaldía proponer el nombramiento de los miembros de la Corporación que han de formar la Junta de Gobierno Local, ostentar las Tenencias de Alcaldía y la creación de las Comisiones Informativas.
  A la vista de lo preceptuado en los artículos 20, 21 y 23 de la repetida Ley, y artículos 38, 112 y siguientes del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales vigente, y visto el informe emitido por el secretario de la Corporación, y condicionado a que el Pleno acuerde la creación de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Estremera, resuelvo:
  a)	Comoquiera que la Junta de Gobierno Local ha de existir si el Pleno del Ayuntamiento así lo acuerda, nombro para que integren la misma en su caso, a los concejales siguientes: don Antonio Martínez Pérez, don Victorino Sánchez Terciado y doña María del Rosario Torres Alarcón.
  	De estos nombramientos se dará cuenta al Pleno en el caso de que se acuerde la creación de la Junta de Gobierno Local.
  b)	Para la sustitución de esta Alcaldía en los casos de vacante, ausencia o enfermedad, nombro como tenientes de alcalde a los siguientes concejales designados para formar parte de la Junta de Gobierno Local:
  .	Primer teniente de alcalde: don Antonio Martínez Pérez.
  .	Segundo teniente de alcalde: don Victorino Sánchez Terciado.
  c)	Delegar en la Junta de Gobierno Local las atribuciones concretas que me asigna como delegables el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y que serán las siguientes:
  .	Las señaladas en los apartados o) y q) del precepto citado.
  d)	Delegar a favor de los concejales miembros de la Junta de Gobierno Local, que a continuación se indican, las concretas atribuciones siguientes: don Antonio Martínez Pérez: Obras y Medio Ambiente.
  .	Don Victorino Sánchez Terciado: Deportes, Juventud y Nuevas Tecnologías.
  .	Doña María del Rosario Torres Alarcón: Educación, Cultura, Mujer y Servicios Sociales.
  e)	Delegar a favor del concejal don Antonio Camacho de la Higuera las atribuciones siguientes: Tercera Edad, Agricultura y Telecomunicaciones.
  Estremera, a 22 de junio de 2015..El alcalde, José Carlos Villalvilla López.
  (03/24.522/15)</texto>
</documento>