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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19</departamento>
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    <fecha_publicacion>2015/08/17</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 19. Procedimiento 538 de 2015-01</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>194</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19 
 
 79 
 Procedimiento 538 de 2015-01 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Don Alfonso Lozano de Benito, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 538 de 2015-01 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Carmen Nieto Paradinas y otros 12, frente a “Babylon Idiomas, Sociedad Limitada”, sobre pieza de medidas cautelares, se ha dictado la siguiente resolución:
  Decreto
  Se acuerda tener por terminado el proceso seguido a instancias de la parte actora doña Natalia Sánchez Román,  don Sergio Kishore Cordeiro Alcaine, doña Mirjam Johanna Lange, doña Patricia Casado Velasco, don Daniel Mielgo Bregazzi, don Francisco Javier Leal Caballero, don Salvador Domínguez Lázaro, don Miguel Granados Londoño, doña María Martín Serrano, doña Carmen Nieto Paradinas y don Eduardo Sanz Puentes de la acción ejercitada en este procedimiento y ordenar el archivo de las presentes actuaciones, previa baja en el libro correspondiente. 
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Babylon Idiomas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 21 de julio de 2015..El secretario judicial (firmado).
  (03/23.102/15)</texto>
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