<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20150820-65</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2015/08/20</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 23. Procedimiento ordinario 481 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>4</pagina_inicial>
    <pagina_final>4</pagina_final>
    <diario_numero>197</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2015-08-20-197140820150184</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/08/20/BOCM-20150820-65.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/08/20/BOCM-20150820-65.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/08/20/BOCM-20150820-65.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2015/08/20/BOCM-20150820-65.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23 
 
 65 
 Procedimiento ordinario 481 de 2014 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Leonor González Mosqueira, secretaria judicial, en sustitución, del Juzgado de lo social número 23 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 481 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Felipe Romero Lázaro, frente a la administración concursal de “Halcón Empresa de Seguridad y Vigilancia, Sociedad Limitada”, Fondo de Garantía Salarial y “Halcón Empresa de Seguridad y Vigilancia, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 158 de 2015
  En Madrid, a 12 de mayo de 2015..Habiendo visto el ilustrísimo señor don Jorge Juan Guillén Olcina, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 23 de esta ciudad, los presentes autos de juicio verbal número 481 de 2014, sobre cantidad, seguidos entre partes: de una, como demandante, don Felipe Romero Lázaro, asistido del letrado don Antonio Alcántara Algovia, y de otra, como demandadas, “Halcón Empresa de Seguridad y Vigilancia, Sociedad Limitada”, y la administración concursal de “Halcón Empresa de Seguridad y Vigilancia, Sociedad Limitada”, que no comparecen, y habiendo sido llamado a juicio el Fondo de Garantía Salarial, que tampoco comparece, ha pronunciado en nombre de Su Majestad el Rey la siguiente sentencia:
  Fallo
  Que estimando la demanda promovida por don Felipe Romero Lázaro, frente a la empresa “Halcón Empresa de Seguridad y Vigilancia, Sociedad Limitada”, y la administración concursal de “Halcón Empresa de Seguridad y Vigilancia, Sociedad Limitada”, en reclamación de cantidad, condeno a la empresa demandada a que abone a la parte demandante la cantidad de 395,73 euros por los conceptos reclamados en su demanda, más un 10 por 100 en concepto de interés anual por mora, en proporción al período transcurrido desde el día 18 de febrero de 2014 hasta la fecha.
  Notifíquese a las partes, advirtiendo a las mismas que contra esta sentencia no cabe interponer recurso alguno por razón de su cuantía y una vez notificada procédase al archivo de estas actuaciones.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Halcón Empresa de Seguridad y Vigilancia, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 22 de julio de 2015..La secretaria judicial (firmado).
  (03/23.514/15)</texto>
</documento>