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    <fecha_publicacion>2015/09/14</fecha_publicacion>
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    <titulo>Galicia. A Coruña. Sala de lo Social. Recurso 1.687 de 2015</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA 
 
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 Recurso 1.687 de 2015 
  SALA DE LO SOCIAL
  EDICTO
  Doña M. Socorro Bazarra Varela, secretaria judicial de la Sección Primera de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.
  Hago saber: Que en el procedimiento recurso suplicación número 1.687 de 2015 de esta Sección, seguido a instancias de don Manuel Lorenzo Piñeiro, contra don Antonio Rodríguez Martínez, “Auto Res, Sociedad Limitada”, don Ignacio César García de Leaniz Canosa, don José Luis Hidalgo Salcedo, don Juan Carlos Ruiz Martín, don Rafael Hueso Rodríguez, don Luis Miguel Ortiz Pérez, don Miguel Ángel Sánchez Chacón, don Juan Pedro Jiménez Herencia, don Alfonso Martínez Carpizo, don Fernando Delgado García, don Ángel Hernández González, don Raúl Hernández García, don Carlos Sánchez Mateos, don Rafael Retamero García, don Daniel Coronado Torregrosa, don José Sánchez Pedrajas, don Tomás García Salmerón, don Vicente García Familiar, don Raúl López Muñoz, don Valentín Íñigo Torrecilla, don Rafael Asensio Robles, don Salvador Badenes Reoli, don Carlos Raimundo Martínez Iglesias, don Francisco Morales Rojas, Rafael Aragonés Estella, don Félix Rodríguez López, sobre despido disciplinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Fallamos
  Desestimamos el recurso de suplicación interpuesto por la representación letrada de don Manuel Lorenzo Piñeiro, contra la sentencia del Juzgado de lo social número 1 de Vigo, de 26 de enero de 2015, en autos número 1.050 de 2014, que confirmamos.
  Incorpórese el original de esta sentencia, por su orden, al libro de sentencias de este Tribunal Superior de Justicia de Galicia Sala de lo Social.
  Modo de impugnación: se hace saber a las partes de que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para para unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta Sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social deberá efectuar el depósito de 600 euros en la cuenta de 16 dígitos de esta Sala, abierta en el “Banco Santander” (“Banesto”), con el número 1552 0000 37 seguida de cuatro dígitos correspondientes al número de recurso y dos dígitos del año del mismo.
  Asimismo, si hay cantidad de condena deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 37 o bien presentar aval bancario solidario en forma.
  Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá de emitirla a la cuenta de 20 dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo “Observaciones o concepto de la transferencia” los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 o 37 **** **).
  Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
  Se advierte a los destinatarios en ignorado paradero de que, en lo sucesivo, se le efectuarán las notificaciones en estrados, salvo que se trate de autos, sentencias o emplazamientos, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral.
  Y para que así contra a efectos de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a fin de que sirva de notificación en forma a don Antonio Rodríguez Martínez, don Juan Carlos Ruiz Martín, don Rafael Hueso Rodríguez, don Luis Miguel Ortiz Pérez, don Miguel Ángel Sánchez Chacón, don Juan Pedro Jiménez Herencia, don Alfonso Martínez Carpizo, don Fernando Delgado García, don Ángel Hernández González, don Raúl Hernández García, don Carlos Sánchez Mateos, don Rafael Retamero García, don Daniel Coronado Torregrosa, don José Sánchez Pedrajas, don Tomas García Salmerón, don Vicente García Familiar, don Raúl López Muñoz, don Valentín Íñigo Torrecilla, don Rafael Asensio Robles, don Salvador Badenes Reoli, don Carlos Raimundo Martínez Iglesias, don Francisco Morales Rojas, don Rafael Aragonés Estella y don Félix Rodríguez López, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, expido y firmo el presente edicto en A Coruña, a 18 de agosto de 2015..La secretaria (firmado).
  (03/24.775/15)</texto>
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