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    <identificador>BOCM-20150926-6</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>Consejería de Economía, Empleo y Hacienda</departamento>
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    <fecha_publicacion>2015/09/26</fecha_publicacion>
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    <titulo>Acuerdo laboral
– Resolución de 30 de julio de 2015, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se da publicidad al acuerdo alcanzado por la empresa “Valoriza Facilities, Sociedad Anónima Unipersonal” (Aeropuerto Barajas T4-SAT) y representantes legales de los trabajadores (PCM-347/2015)</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>D) Anuncios</apartado>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  D) Anuncios 
  CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y HACIENDA 
 
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 RESOLUCIÓN de 30 de julio de 2015, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se da publicidad al acuerdo alcanzado por la empresa “Valoriza Facilities, Sociedad Anónima Unipersonal” (Aeropuerto Barajas T4-SAT) y representantes legales de los trabajadores (PCM-347/2015). 
  Vista el acta de mediación entre las citadas partes, que ha tenido lugar ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de dicho Instituto y en el artículo 2.1.h) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, esta Dirección General
  RESUELVE
  Proceder a la publicación obligatoria y gratuita del presente Anexo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Madrid, a 30 de julio de 2015..La Directora General de Trabajo, María del Mar Alarcón Castellanos.
  Expediente número: PCM-0347/2015.
  En Madrid, a las doce horas del día martes 30 de junio de 2015..Ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, compuesto por:
  Presidente: Don Justino Ramírez Torres.
  Vocal: Don Pedro Murga Ulibarri.
  Vocal: Doña Cristina Pareja-Obregón Ruano.
  Vocal: Doña María Josefa Jiménez Manzano.
  Secretario: Don Antonio Chico Fernández.
  Ha sido presentada solicitud de conciliación y mediación, registrada en la sede del Instituto con fecha jueves 11 de junio de 2015, para conocer del expediente citado.
  De una parte, constan como citados y comparecen:
  Don Eduardo Marqués Becerro, en calidad de representante.
  Don Rafael Giménez Moreno, en calidad de representante.
  Don Jaime Francisco Martín Lara, en calidad de representante.
  La empresa “Valoriza Facilities, Sociedad Anónima Unipersonal” (Aeropuerto Barajas T4 SAT), domiciliada en avenida del Partenón, número 16, primera planta, de Madrid.
  De otra parte, constan como citados y comparecen:
  Doña Belén García Simarro, en calidad de representante de FES-UGT.
  Don Antonio Guzmán Redondo, en calidad de representante de CGT.
  Doña María Ángeles Sampedro Rodríguez, en calidad de sección sindical de UGT.
  Doña María Concepción Carrera Calle, en calidad de sección sindical de UGT.
  Doña Remedios Muñoz Aguado, en calidad de presidenta del comité de empresa.
  Doña Rosa Ganoza Errivares, en calidad de representante legal de los trabajadores.
  Doña Dolores García Dorado, en calidad de representante legal de los trabajadores.
  Doña María del Mar González Moreno, en calidad de representante legal de los trabajadores.
  Doña Laura Dueñas Cantarero, en calidad de representante legal de los trabajadores.
  Exposición de los hechos que son origen del conflicto, segun escrito introductorio presentado por la sección sindical de UGT
  ABIERTO EL ACTO
  La parte solicitante manifiesta su posición en el sentido de ratificarse en el contenido de su escrito introductorio.
  Concedida la palabra a la representación empresarial, manifiesta su postura.
  Realizado el acto de conciliación entre las representaciones antes mencionadas, se da por finalizado con el resultado de:
  CON AVENENCIA
  En los siguientes términos:
  Madrid, a 23 de junio de 2015..En relación con el exceso de jornada producido en el centro Aeropuerto “Adolfo Suárez” Madrid-Barajas en T4-Satélite del año 2015, el comité de centro y la empresa “Valoriza Facilities, Sociedad Anónima Unipersonal” acuerdan:
  Que para el año 2015 se produce un exceso de jornada en función del período vacacional disfrutado por cada trabajador de jornada completa que sería el siguiente:
  1.  Los trabajadores que disfruten las vacaciones del 1 de julio al 31 de julio, ambos incluidos, se les compensarán con tres días de exceso del año 2015.
  2.  Los trabajadores que disfruten las vacaciones del 3 de agosto al 2 de septiembre, ambos incluidos, se les compensarán con tres días de exceso del año 2015.
  3.  Los trabajadores que disfruten las vacaciones del 3 de septiembre al 3 de octubre, ambos incluidos, se les compensarán con cuatro días de exceso del año 2015.
  4.  Todo trabajador que disfrute su período vacacional fuera de esta estimación se le efectuará su cómputo personal, disfrutándolo de la misma manera.
  5.  Los trabajadores del turno de noche de jornada completa se les compensará con un día más adicional, según el artículo 20, apartado 3, del convenio colectivo de limpieza de edificios y locales de la CAM.
  6.  La filosofía del disfrute de los días compensatorios de exceso de jornada del año 2015 será la misma que para la de los asuntos propios, disfrutando en primer lugar los asuntos propios.
  7.  La empresa expondrá en el tablón, junto con los períodos de vacaciones, los excesos correspondientes.
  Reunión de comité y empresa de 23 de junio de 2015 para tratar el tema de los excesos de jornada del año 2015. Asistentes: Por la empresa: Eduardo Marqués Becerro..Por la representación legal de los trabajadores: Remedios Muñoz, María del Mar González, Laura Dueñas, Dolores García, Blanca Menéndez y Concepción Carrera.
  El acuerdo adoptado por las partes aquí presentes tiene la misma eficacia que lo estipulado en convenio colectivo y pone fin al conflicto con la obligación de cumplir lo que en él se establece.
  El presente acuerdo tiene fuerza ejecutiva entre las partes intervinientes sin necesidad de ratificación ante el juez o tribunal, pudiendo llevarse a efecto por el trámite de ejecución de sentencias, en virtud de lo previsto en el artículo 68 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
  Leída el acta, que encuentran conforme, la firman los interesados ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, y se entrega la correspondiente copia certificada, a las doce y veinte horas del día de hoy..El secretario suplente (firmado).
  (03/24.499/15)</texto>
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