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    <fecha_publicacion>2015/10/07</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Arganda del Rey. Régimen económico. Crédito extraordinario</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>ARGANDA DEL REY</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE ARGANDA DEL REY 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 34 
 Crédito extraordinario 
  De conformidad con los artículos 169 y 177 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, y transcurrido el plazo de exposición pública del anuncio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de agosto de 2015, número 189), de aprobación inicial del expediente número 1/2015 de crédito extraordinario del presupuesto de 2015, en sesión plenaria del 28 de julio de 2015 y no habiéndose presentado alegaciones, el citado acuerdo se eleva a definitivo, cuyo texto se transcribe a continuación:
  Primero..Aprobar la modificación de crédito presupuesto número 1/2015, que adopta la modalidad de créditos extraordinarios, con el siguiente detalle:
  
 
   Segundo..Financiar el citado crédito extraordinario con cargo a los nuevos mayores ingresos efectivamente recaudados sobre los totales previstos por el concepto de impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana en base al artículo 36.1.b) del Real Decreto 500/1990.
  
 
   Contra este acuerdo, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Arganda del Rey, a 22 de septiembre de 2015..La concejala de Hacienda, Régimen Interior e Igualdad, Ana María Sabugo Marcello.
  (03/27.555/15)</texto>
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