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    <identificador>BOCM-20151014-7</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio</departamento>
    <rango>ORDEN</rango>
    <fecha_publicacion>2015/10/14</fecha_publicacion>
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    <titulo>Convocatoria subvenciones
– Orden 2322/2015, de 1 de octubre, del Consejero de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, por la que se amplía el plazo para la justificación de las subvenciones concedidas a Ayuntamientos destinadas a financiar sus gastos corrientes, al amparo de la Orden 1461/2015, de 9 de julio</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>244</diario_numero>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>C) Otras Disposiciones</apartado>
    <organismo>CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ADMINISTRACIÓN LOCAL Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO</organismo>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  C) Otras Disposiciones 
  CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ADMINISTRACIÓN LOCAL Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO 
 
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 ORDEN 2322/2015, de 1 de octubre, del Consejero de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, por la que se amplía el plazo para la justificación de las subvenciones concedidas a Ayuntamientos destinadas a financiar sus gastos corrientes, al amparo de la Orden 1461/2015, de 9 de julio. 
  Por Orden 1461/2015, de 9 de julio de 2015, se convocan para el año 2015 las subvenciones dirigidas a Ayuntamientos destinadas a financiar sus gastos corrientes al amparo de la Orden 2855/2005 de 30 de diciembre, modificada por la Orden de 23 de diciembre de 2010, por la Orden 756/2012, de 12 de abril, así como por la Orden 1628/2014, de 11 de agosto.
  El artículo 9 de la citada Orden dispone que “El plazo de justificación del gasto subvencionado finalizará el día 16 de octubre de 2015”.
  No obstante, la Orden 1461/2015, de 9 de julio de 2015 fue publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID con fecha 30 de julio de 2015, dificultando esta circunstancia la realización de la justificación expresada dentro del plazo establecido.
  Por  tanto, a fin de facilitar la realización de este trámite a los Ayuntamientos beneficiarios de las subvenciones, resulta conveniente ampliar el plazo de justificación establecido para el mismo.
  Por todo ello, y en ejercicio de las competencias que me han sido conferidas,
  DISPONGO
  Artículo único
  Ampliar el plazo establecido en el artículo 9 de la Orden 1461/2015, de 9 de julio de 2015, que finalizará el día 10 de diciembre de 2015.
  Este Acuerdo no es susceptible de recurso alguno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
  DISPOSICIÓN FINAL
  Única
  La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Madrid, a 1 de octubre de 2015.
  		El Consejero de Medio Ambiente, Administración Local 		y Ordenación del Territorio, 		JAIME GONZÁLEZ TABOADA
  (03/29.167/15)</texto>
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