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    <identificador>BOCM-20151029-74</identificador>
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    <fecha_publicacion>2015/10/29</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 74. Procedimiento ordinario 1.103 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>257</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 74</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 74 
 
 74 
 Procedimiento ordinario 1.103 de 2009 
  EDICTO
  En el procedimiento ordinario número 1.103 de 2009, seguido a instancias de “Desarrollo de Energías Alternativas Solarium 2007, Sociedad Limitada”, frente a “Casas con Estilo Moderno, Sociedad Limitada Unipersonal”, se ha dictado la sentencia cuyo extracto literal es el siguiente:
  Sentencia número 91 de 2011
  En Madrid, a 20 de abril de 2011..La ilustrísima señora doña María Teresa de la Cueva Aleu, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 74 de Madrid, habiendo visto los autos de juicio ordinario seguidos en este Juzgado al número 1.103 de 2009, a instancias de “Desarrollo de Energías Alternativas Solarium 2007, Sociedad Limitada”, representada por el procurador don Isidro Orquin Cedenilla y asistida del letrado don Gaspar Guerrero López, sobre reclamación de cantidad.
  Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
  El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
  Para la interposición de dicho recurso es necesaria la constitución de un depósito de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones del Juzgado (cuenta número 3251 0000 04 1103 09).
  Los interesados podrán tener conocimiento íntegro de la resolución en la oficina judicial donde se tramita el procedimiento.
  Nota: Siendo aplicable la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y demás legislación vigente en la materia, los datos contenidos en esta comunicación y en la documentación adjunta son confidenciales, quedando prohibida su transmisión o comunicación pública por cualquier medio o procedimiento y debiendo ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia.
  Y encontrándose la demandada “Casas con Estilo Moderno, Sociedad Limitada Unipersonal” en rebeldía, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a los mismos.
  En Madrid, a 24 de septiembre de 2015..El secretario judicial (firmado).
  (02/5.031/15)</texto>
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