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    <titulo>Madrid número 24. Procedimiento 45 de 2015</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24 
 
 157 
 Madrid número 24. Procedimiento 45 de 2015 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 45 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jesús Julio Blanco Moreno, frente a “Hierros y Transformados Henares, Sociedad Anónima”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 263 de 2015
  En Madrid, a 18 de septiembre de 2015..El ilustrísimo señor don Fernando Herrada Romero, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 24 de Madrid, ha visto el procedimiento número 45 de 2015, seguido a instancias de don Jesús Julio Blanco Moreno, asistido del abogado don Pedro Ángel Moreno Moreno, contra “Hierros y Transformados Henares, Sociedad Anónima”, la administración concursal de esta entidad, representada por el abogado don Enrique Ugarte Timón, y contra el Fondo de Garantía Salarial, que no comparece, sobre acciones de impugnación de decisión empresarial extintiva del contrato de trabajo por causas objetivas y de reclamación de cantidad.
  Fallo
  Que estimando en parte la demanda deducida por don Jesús Julio Blanco Moreno, contra “Hierros y Transformados Henares, Sociedad Anónima”, la administración concursal de esta entidad y contra el Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro procedente el despido del señor Blanco de fecha 29 de noviembre de 2014, y extinguido desde esa fecha su contrato de trabajo que le unía con la mercantil, consolidando el actor la indemnización que por importe de 18.900 euros hubiese podido percibir.
  Asimismo, la citada compañía abonará al actor la suma de 4.520,93 euros.
  Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, y que deberá anunciarse, ante este Juzgado, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a la notificación de esta resolución, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 194 y siguientes de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, siendo indispensable que el recurrente que no goce del beneficio de justicia gratuita acredite, al anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de la condena, que podrá sustituirse por el aseguramiento mediante aval bancario. La consignación deberá efectuarse en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, en la cuenta corriente número 0049/3569/92/0005001274, y al concepto clave número 2522000000014215. Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, intente interponer recurso de suplicación, deberá efectuar un depósito de 300 euros, que ingresará con independencia a la consignación, en su caso, en la indicada cuenta y concepto, debiendo el recurrente hacer entrega del resguardo acreditativo en la Secretaría del Juzgado al tiempo de interponer el recurso de suplicación.
  Incorpórese esta sentencia al correspondiente libro y expídase certificación literal de la misma para constancia en las actuaciones.
  Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Hierros y Transformados Henares, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 18 de septiembre de 2015..La secretaria judicial (firmado).
  (03/28.993/15)</texto>
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