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    <fecha_publicacion>2015/10/31</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 28. Ejecución 184 de 2015</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>259</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28 
 
 51 
 Madrid número 28. Ejecución 184 de 2015 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Don Luis Espinosa Navarro, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 184 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Silvia Justo Sánchez-Morate, frente a “Focus Point Ingeniería de Medios Audiovisuales, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  Diligencia..En Madrid, a 22 de septiembre de 2015.
  La extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar que con fecha 4 de agosto de 2015 ha tenido entrada en este Juzgado escrito y copias presentado por doña Silvia Justo Sánchez-Morate solicitando la ejecución de la sentencia por la que se condena a “Focus Point Ingeniería de Medios Audiovisuales, Sociedad Limitada”, al pago de cantidad líquida; asimismo, hago constar que dicho título es firme. Paso a dar cuenta..Doy fe.
  Auto
  En Madrid, a 22 de septiembre de 2015.
  Parte dispositiva:
  Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante doña Silvia Justo Sánchez-Morate, frente a la demandada “Focus Point Ingeniería de Medios Audiovisuales, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 49.014,75 euros (de los cuales 45.608,14 euros son en concepto de indemnización, 3.096,92 euros en concepto de cantidad, más el 10 por 100 de esta cantidad que asciende a 309,69 euros), más 4.901,47 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número 2526/0000/64/0184/15.
  Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social don Luis Martín de Nicolás Muñoz.
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Focus Point Ingeniería de Medios Audiovisuales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 22 de septiembre de 2015..El secretario judicial (firmado)s.
  (03/29.182/15)</texto>
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